El nuevo Real Decreto-Ley 7/2026 ha traído consigo una excelente noticia para quienes buscan un hogar más sostenible. Este año, los incentivos fiscales se refuerzan y otros se prorrogan (puedes consultarlos aquí ), permitiendo que tanto propietarios de viviendas unifamiliares como de pisos en comunidades puedan recuperar una parte importante de su inversión en placas solares y cargadores de vehículos eléctricos.
Pero, ¿cuál es tu caso concreto? No todas las deducciones funcionan igual. A continuación, desglosamos los escenarios más comunes con ejemplos reales para que puedas acogerte a la mejor opción.
1. Autoconsumo SIN necesidad de certificados para cualquier tipo de vivienda (la novedad del RDL 7/2026)
Hasta ahora, muchas deducciones exigían demostrar una mejora en la calificación energética de la vivienda mediante certificados (CEE) antes y después de la obra. Sin embargo, la nueva Disposición Adicional 62ª facilita las cosas para el año 2026.
- ¿En qué consiste? Puedes deducirte el 10% de las cantidades satisfechas en 2026 para la instalación de sistemas de autoconsumo renovable (placas fotovoltaicas).
- Requisito clave: Solo necesitas el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE) que te entregamos en Endef al finalizar la instalación. No es obligatorio el salto de letra en el certificado energético para este caso del 10%.
- Límite: La base máxima anual de esta deducción es de 5.000 €.
Ejemplo: Si instalas placas solares por valor de 4.500 €, podrás deducirte directamente 450 € en tu cuota íntegra estatal, sin necesidad de trámites adicionales de eficiencia energética.
2. Vivienda Unifamiliar CON certificados (Mejorando la letra)
Si tu instalación de autoconsumo permite reducir tu consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30% (o alcanzar la letra A o B), la deducción es mucho más atractiva: un 40%. Aquí es donde la planificación de la titularidad es vital.
Caso A: Un solo titular
- Base máxima: 7.500 € anuales.
- Deducción: 40%.
Ejemplo: Una instalación de 10.000 €. Como el límite es de 7.500 €, tu deducción será el 40% de 7.500 € = 3.000 €.
Caso B: Dos titulares (Parejas o copropietarios)
Si la factura se emite a nombre de dos personas (50% cada una) y ambos pagan desde una cuenta común, pueden aumentar el beneficio.
Ejemplo: La misma factura de 10.000 € dividida al 50%.
- Persona 1: Deducción del 40% sobre su base de 5.000 € = 2.000 €.
- Persona 2: Deducción del 40% sobre su base de 5.000 € = 2.000 €.
- Ahorro total: 4.000 € (en lugar de los 3.000 € si solo hubiera un titular).
Puntos importantes a tener en cuenta: La vivienda debe estar a nombre de quien aplica la deducción. Si la declaración es conjunta no aplica este caso. Se tienen que hacer declaraciones separadas. Si son bienes gananciales y la casa es tuya por una herencia o antes del matrimonio, pero las placas se pagan con dinero ya ganancial se entiende que la inversión pertenece al 50% a cada uno. Solo podrías hacer la deducción de ese 50% y no del 100%.
3. Viviendas en edificios (Casos Multifamiliares)
Para quienes viven en pisos o comunidades de vecinos, las deducciones son incluso más potentes, ya que se consideran obras de rehabilitación energética del edificio completo.
- Deducción del 60%: Si la comunidad realiza una obra que reduce el consumo de energía del edificio en un 30% o llega a clase A o B. El plazo para esta deducción se extiende hasta finales de 2027.
- Deducción del 20% por Autoconsumo sin certificados: El RDL 7/2026 también incluye una deducción específica del 20% para propietarios de viviendas en edificios residenciales que instalen autoconsumo renovable en 2026. El límite base sigue siendo de 5.000 € anuales.
¿Y el cargador de vehículo eléctrico?
No olvides que la movilidad eléctrica también tiene premio. Si instalas un punto de recarga en tu plaza de garaje (no afecta a actividad económica):
- Deducción: 15% de la inversión.
- Límite de inversión: 4.000 €.
- Requisito: La instalación debe estar finalizada y pagada antes de que acabe 2026.
Ejemplo: Un cargador instalado por 1.200 € te supondrá una rebaja fiscal de 180 €.
Requisitos que NO debes olvidar
Para que no te rechacen la deducción, recuerda cumplir siempre estos puntos:
Sin efectivo: Paga siempre por transferencia, tarjeta o cheque nominativo. El efectivo está prohibido para estas ayudas. El pago debe salir de una cuenta a nombre de la persona que se aplica la deducción (puede ser compartida la titularidad de la cuenta).
Las facturas deben estar a nombre de quien se deduce
Resta las subvenciones: Si recibes una ayuda (como las de los fondos Next Generation o el Plan Auto+), debes restarla de la base de la factura antes de aplicar el % de deducción.
Certificados en orden: En los casos que lo requieran (20%, 40% y 60%), debes tener el certificado energético emitido antes de la obra (máximo 2 años de antigüedad) y el de después.
No podrás beneficiarte de estas deducciones si las obras afectan a:
- Garajes
- Trasteros
- Jardines, parques o piscinas
- Partes de la vivienda destinadas a actividades económicas
¿Cómo se aplica la deducción en la declaración?
Las casillas específicas que tienes que tener en cuenta son:1671-1677, 1772-1778 y 1853-1857.
Hacienda puede pedir la siguiente documentación en una comprobación. Es fundamental guardar:
- Certificado de eficiencia energética antes de las obras y después de las obras si aplica
- Certificado eléctrico de la obra (CIE)
- Facturas de las obras con fecha del año que te vas a deducir
- Justificantes de pago (transferencias, tarjeta; no efectivo)
- En comunidades: certificado del administrador con importes y coeficientes
Deben conservarse al menos 4 años.
Puedes obtener más información específica sobre el monto de la deducción y quién puede solicitarla visitando la página web de la Agencia Tributaria.
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